DESCUENTOS Y SALARIO
Cobraba 66 mil pesos: el STJ frenó los descuentos sobre su sueldo
La trabajadora es empleada del Ministerio de Educación de Río Negro y tiene un hijo menor a su exclusivo cargo. Fue ella quien acudió al Poder Judicial por los descuentos salariales cuando las cuotas de distintos préstamos y obligaciones empezaron a comprometer sus necesidades básicas. El expediente pasó por la Cámara del Trabajo de Viedma y terminó en el máximo tribunal provincial.
Según los recibos de julio de 2025, después de las deducciones cobró 66.089,20 pesos. Las retenciones representaban el 83% de su salario bruto de aquel momento.
La Cámara hizo lugar a una medida cautelar: ordenó al Ministerio de Educación verificar cada mes los descuentos de siete entidades y estableció que, sumados y por todo concepto, no pueden superar un límite calculado según el valor mensual de la canasta básica alimentaria. Entendió que había urgencia y un daño concreto y grave, y apoyó la decisión en la protección constitucional del salario y en un convenio de la Organización Internacional del Trabajo (OIT).
La Provincia recurrió al Superior Tribunal de Justicia (STJ). Argumentó que la Cámara se apartó de los precedentes que mandan resolver estos conflictos por la vía ordinaria, con más debate y prueba, y que la trabajadora asumió las deudas de manera voluntaria. Agregó que no existe una norma que fije un tope general para los descuentos sobre los sueldos del personal público. Y planteó que la cautelar, aunque provisoria, resolvía en la práctica el fondo del conflicto.
El STJ declaró mal concedido el recurso extraordinario. Señaló que la Provincia no rebatió de manera concreta todos los fundamentos de la Cámara. Y recordó que la medida se pidió como accesoria de un reclamo de fondo que sigue pendiente en sede administrativa, que es provisoria y que puede modificarse ante el mismo tribunal que la dictó. Por eso, como regla, no es una sentencia definitiva que se pueda revisar por esa vía.
El STJ sostiene que estos reclamos van por la vía ordinaria, pero deja abierta una excepción cuando la vulnerabilidad, la urgencia y el daño están acreditados.
No es la primera vez que el tribunal aplica ese criterio. El fallo cita un antecedente reciente de otra empleada del Ministerio de Educación, con una cautelar que también limitaba los descuentos.