JUSTICIA · BARILOCHE
Formularon cargos por la muerte de una mujer en Rivadavia y Gallardo: iba a 43 km/h bajo la lluvia
El accidente ocurrió el 19 de noviembre de 2025 entre las 21:00 y las 21:39, en la intersección de Rivadavia y Gallardo. El conductor giró hacia la izquierda para ingresar por calle Rivadavia y embistió a la mujer cuando cruzaba por la senda peatonal señalizada. La víctima murió días después como consecuencia de fracturas de cráneo, hemorragias intracraneanas y otras lesiones de extrema gravedad.
La pericia accidentológica estableció que el vehículo circulaba a 43,71 km/h, velocidad superior a la permitida para una encrucijada urbana. Pero la Fiscalía no se limitó al exceso de velocidad: sostuvo además que el conductor no respetó la prioridad de paso de la mujer y que las condiciones del momento —horario nocturno e intensas precipitaciones— imponían una precaución adicional que no adoptó. Esas tres circunstancias combinadas —velocidad, falta de prioridad al peatón y condiciones climáticas adversas— son el núcleo de la acusación.
La prueba presentada por la Fiscalía
Para sustentar la acusación, el Ministerio Público Fiscal presentó el acta del procedimiento policial, la pericia accidentológica que determinó la velocidad y el punto exacto del impacto, la autopsia realizada sobre la víctima y los registros de cámaras de seguridad del sector.
La querella adhirió a la formulación de cargos y acompañó el pedido de un plazo de investigación de cuatro meses, hasta el 21 de septiembre de 2026.
La posición de la Defensa y el estado del imputado
La Defensa Pública Penal no se opuso a la formulación de cargos ni al avance de la investigación preparatoria. Indicó que trabaja en contacto con las restantes partes para "arribar a una salida alternativa al conflicto" —lo que en la práctica puede implicar un acuerdo reparatorio o una suspensión del juicio a prueba— y que el imputado no declarará en esta instancia por recomendación técnica. Señaló además que el imputado atraviesa una situación emocional compleja desde el hecho.
Qué castiga el artículo 84 bis del Código Penal
El artículo 84 bis del Código Penal sanciona el homicidio culposo agravado cuando una persona causa una muerte mientras conduce un vehículo por imprudencia, negligencia o violación de normas de tránsito.
La pena base va de 2 a 5 años de prisión, con inhabilitación para conducir de 5 a 10 años.
La condena sube a 3 a 6 años de prisión cuando existen agravantes concretos, entre ellos fugarse o no asistir a la víctima después del hecho, conducir alcoholizado o bajo efectos de drogas, circular más de 30 km/h por encima de la velocidad permitida, manejar estando inhabilitado, cruzar semáforos en rojo o violar señales de circulación o conducción temeraria o más de una víctima fatal
La lógica de la norma es clara: no castiga solo el resultado fatal, sino también conductas especialmente graves que agravan la responsabilidad del conductor.