2026-02-20

CUOTA ALIMENTARIA

Prohíben el ingreso al casino a un padre por deuda alimentaria

La decisión se tomó en el marco de un proceso de ejecución de alimentos, luego de que la Defensa Pública de Derechos de Familia solicitara acciones concretas frente al incumplimiento reiterado del progenitor.

Según consta en el expediente, la madre aportó registros que acreditarían que el hombre ingresaba habitualmente al casino, pese a mantener una deuda vigente por alimentos fijados judicialmente.

Ante esta situación, se pidió limitar ese acceso como forma de desalentar gastos recreativos mientras no se cumpla con una obligación destinada a cubrir necesidades básicas de sus hijos.

La restricción para ingresar al casino se mantendrá hasta que el padre salde la totalidad de la deuda alimentaria.
Desde el juzgado advirtieron que, si el incumplimiento continúa, podrán evaluarse otras medidas adicionales para asegurar el pago.

Qué dijo la magistrada

Al resolver, la jueza interviniente recordó que el derecho alimentario constituye uno de los derechos humanos básicos, especialmente cuando involucra a niños, niñas y adolescentes.

En ese sentido, remarcó que el ordenamiento jurídico otorga herramientas para asegurar el cumplimiento de estas prestaciones, que forman parte de los deberes derivados de la responsabilidad parental.

Qué dice el Código Civil

La resolución cita el artículo 553 del Código Civil y Comercial de la Nación, que habilita a los tribunales a dictar “medidas razonables” para garantizar que las decisiones sobre alimentos se cumplan de manera efectiva.

Estas medidas pueden aplicarse cuando el incumplimiento persiste y están orientadas a proteger derechos directamente vinculados con la alimentación, la salud, educación y el desarrollo integral de menores de edad

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